La Ley de Empleo vuelve a equiparar la incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez con la discapacidad a efectos de la contratación laboral

Mar, 2023

La ley incorpora cinco modificaciones resultantes de las enmiendas introducidas en el texto a su paso por el Senado, que refuerzan las exigencias sobre la necesidad de que en los servicios de empleo haya personal formado para atender a personas con discapacidad y de que las herramientas digitales de formación para demandantes de trabajo sean accesibles.

Más allá de las enmiendas del Senado, la nueva Ley incorpora numerosos avances para la promoción laboral de las personas con discapacidad, gracias a la acción de propuesta e incidencia del Cermi a lo largo de su tramitación.

De este modo, se restaura la asimilación legal a efectos laborales entre las situaciones de incapacidad permanente de Seguridad Social y clases pasivas y el grado mínimo de discapacidad del 33%, desaparecida en 2018 en virtud de sentencia del Tribunal Supremo y que había repercutido de modo negativo en la generación de empleo para trabajadores con discapacidad sobrevenida.

Otro avance es la consideración legal expresa de las personas con Trastornos del Espectro del Autismo (TEA) como grupo de especiales dificultades de inserción laboral.

Asimismo, se regula la separación e identificación específica de las partidas presupuestarias que el Estado transfiere a las comunidades autónomas para políticas activas de empleo de personas con discapacidad, lo que facilitará su trazabilidad, seguimiento y aplicación finalista a la discapacidad, sin confusión ni trasvases a otros sectores sociales laboralmente vulnerables.

La nueva Ley de Empleo modifica igualmente la Ley General de Discapacidad para obligar a todos los poderes públicos, administraciones, autoridades y agentes oficiales a usar como terminología adecuada únicamente la de “persona(s) con discapacidad”.

Os dejamos el link a la ley publicada en el BOE

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