|
Las empresas públicas o privadas de 50 o más trabajadores quedan obligadas a contratar un número de trabajadores con discapacidad no inferior al 2 % de su plantilla. Ley 13/82, de 7 de Abril. Integración Social de los Minusválidos (LISMI) Art.38.1 cuota de reserva legal del dos por ciento de trabajadores con discapacidad. Ley 66/97, de 30 de Diciembre. Medidas fiscales, Administrativas y del orden Social. Disposición adicional trigésimo novena. Modifica a la Ley de Integración Social de Minusválidos Cómputo de contrataciones a realizar
|